Seguridad de los equipos

A continuación, se desarrollan los aspectos generales de seguridad de los equipos:

  1. Se deben respetar todas las leyes y normativas en materia de prevención de riesgos, de seguridad, directivas y normas europeas, tanto en el alquiler de los equipos como en el montaje de los mismos (como se hizo mención con anterioridad en este documento). Los manuales de montaje e instrucciones de uso deben ser accesibles para los usuarios sin coste alguno.
  2. En general, los equipos de encofrado suelen alquilarse por tipos o familias de sistemas, de forma que se utilicen un solo sistema o una combinación de varios según cada proyecto.
  3. Los fabricantes de encofrados y cimbras pertenecientes a AFECI solo garantizan la capacidad de carga y seguridad de los equipos cuyos componentes y accesorios hayan sido, o bien fabricados por cada compañía individualmente, u homologados por las mismas, realizando siempre las pertinentes pruebas y ensayos de carga y seguridad de los equipos completos con los accesorios y componentes homologados.
  4. El traslado de los equipos alquilados a una obra diferente a la mencionada en el contrato requiere una autorización expresa del arrendador en las operaciones de alquiler.
  5. En caso de no hacerlo, no se podría revisar en los almacenes de la empresa alquiladora el estado de los materiales poniendo en grave riesgo la seguridad de los equipos y de las personas que trabajen en ellos.
  6. El arrendatario no puede subarrendar los equipos de encofrados a otras compañías sin la autorización del arrendador, por las mismas razones de seguridad expuestas en el punto anterior.
  7. El arrendatario tiene la obligación de formar al personal antes de la utilización de los equipos siguiendo los manuales de uso suministrados por el fabricante.
  8. El arrendatario tiene la obligación de seguir los procedimientos de montaje, desmontaje y verificación de los equipos que el fabricante detalla en su manual del usuario.