¿A quién corresponde definir el proceso constructivo?

 

El proyecto ha de definir el proceso constructivo. De acuerdo a lo marcado en el capítulo 4, artículo 13 del Código Estructural, la ejecución de una estructura comprende una serie de procesos que deberán realizarse conforme al proceso constructivo contemplado en el proyecto.

Cualquier modificación de los procesos de ejecución respecto a lo previsto en el proyecto, deberá ser autorizada por la dirección facultativa, previa propuesta justificativa del constructor.

Todos los procesos que puedan introducir acciones sobre la parte de la estructura ya ejecutada como son el descimbrado, pretensado, etc… deberán haber sido contempladas en el proyecto.

¿Qué modificaciones normativas respecto a la EHE-08 incluye el Código Estructural en relación a los apuntalamientos?

El Código Estructural recoge en el Capítulo 11, artículo 48.2, lo que explicaba la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08) en el Capítulo 13, artículo 68.2.

Además, añade que:

“[…] los apuntalamientos se realizarán, preferentemente, de acuerdo con lo indicado en la norma UNE 180201, […]”.

Esta norma UNE 180201 establece los requisitos de comportamiento que deben satisfacer los encofrados para cumplir con su función y las especificaciones para el correcto diseño de los mismos, a fin de que dichos encofrados ofrezcan unas prestaciones funcionales que satisfagan los requisitos exigidos.

A su vez, establece que:

“[…] cuando los forjados tengan un peso propio mayor que 5 kN/m2 o cuando la altura de los puntales sea mayor que 3,5 metros, el constructor deberá disponer de un estudio detallado del sistema de apuntalamiento, que deberá ser aprobado por la dirección facultativa.”

Por tanto, tras la entrada en vigor del Código Estructural, es responsabilidad del constructor el disponer de este estudio detallado de apuntalamiento habiendo sido aprobado por la dirección facultativa previamente a su ejecución. El disponer de un estudio detallado, previene de malas prácticas e incorrectas ejecuciones que pueden provocar la aparición de desperfectos futuros e incluso el colapso de la estructura.

 

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